Fideicomiso de acceso de por vida del cónyuge (SLAT)
SLAT (por sus siglas en inglés), una poderosa arma para los asesores y planificadores de patrimonio, es de particular importancia a partir de la promulgación de la Ley de Empleos y Reducción de Impuestos (TCJA, por sus siglas en inglés) de 2017. Antes de la TCJA, la exención federal del impuesto sobre las donaciones y sucesiones era de USD5,49 millones, con un total de USD10,98 millones posibles para una pareja casada que aprovecha la portabilidad. Después de la TCJA, la exención es igual a USD11,7 millones, con posible portabilidad de USD23,4 para las parejas casadas. Estos montos regresarán a los totales previos a la TCJA, indexados a la inflación, el 1 de enero de 2026 en virtud de la disposición de reversión (extinción), a menos que el Congreso adopte otras medidas Por ahora, el SLAT sigue siendo una forma oportuna y elegante de maximizar el actual panorama de impuestos federales.
Concepto
- Creado con una donación de un cónyuge donante a un fideicomiso irrevocable para beneficiar al cónyuge no donante.
- El cónyuge donante puede donar hasta un monto de exención actual de USD11,7 millones y el cónyuge no donante (o cualquier clase de beneficiario denominada) conserva el acceso al capital y los ingresos durante la vida del cónyuge no donante.
- Aunque el cónyuge donante renuncia a todos los derechos sobre los activos del fideicomiso, puede beneficiarse indirectamente de la capacidad del cónyuge no donante para recibir distribuciones.
- Estructurado de manera que los activos del SLAT se excluyan de la sucesión del cónyuge no donante a su muerte.
- La donación del cónyuge donante se excluye de la sucesión bruta del cónyuge donante para fines del impuesto federal sobre las sucesiones
- El cónyuge donante puede asignar al fideicomiso el monto de la exención del impuesto sobre transferencias de salto generacional, eliminando así los posibles impuestos sobre las sucesiones de las generaciones futuras.
- Considerado un fideicomiso otorgante para fines de impuesto sobre la renta federal, en el cual los ingresos generados son atribuibles al cónyuge donante.
- Dado que el cónyuge donante está obligado a pagar los impuestos en virtud de la clasificación del fideicomiso otorgante, el pago de impuestos no se considera una donación al fideicomiso y, por lo tanto, no está sujeto al impuesto sobre donaciones.
Notas de advertencia
- Dado que el SLAT no está sujeto al impuesto sobre las sucesiones, los activos del fideicomiso no serán elegibles para un incremento de la base en caso de fallecimiento de uno de los cónyuges.
- Se debe redactar cuidadosamente para incluir los atributos requeridos de un fideicomiso irrevocable con el fin de ser excluido de las sucesiones brutas de ambos cónyuges.
- Los activos de propiedad conjunta deberán dividirse en activos de propiedad individual antes de que el donante los done; solo se deberá contribuir con los activos de propiedad individual.
- En caso de fallecimiento o divorcio del cónyuge no donante, el cónyuge donante ya no se beneficiará indirectamente de las distribuciones del SLAT.
- El cónyuge divorciado no donante podrá conservar un interés como beneficiario en el SLAT con acceso a los ingresos y al capital, pero la obligación del cónyuge donante de pagar el impuesto sobre la renta del fideicomiso no se reduciría.
- Los otorgantes y sus asesores de confianza pueden aprovechar el SLAT en su plan estratégico para captar los montos actuales de exención de impuestos federales. ||Dado el inminente regreso en 2026 a los montos de exención previos al TCJA, ahora es el momento de actuar.