Fideicomisos de planificación previa a la inmigración
Este tipo de fideicomiso ayuda a los extranjeros no residentes a establecer un fideicomiso irrevocable antes de convertirse en residentes estadounidenses para minimizar el impacto de los impuestos a las transferencias de EE. UU. El otorgante financia el fideicomiso con activos no estadounidenses, que pueden no ser considerados parte de su patrimonio. El otorgante no puede ser un beneficiario ni crear condiciones fiduciarias que hagan que la donación sea incompleta.
Beneficios
- Los extranjeros no residentes pueden evitar la aplicación de impuestos estadounidenses sobre las donaciones y a las transferencias transgeneracionales (y de impuestos sobre el patrimonio en casos más limitados) mediante la transferencia de activos no estadounidenses y donaciones de bienes intangibles al fideicomiso.
- La creación de este tipo de fideicomiso puede abordar la preocupación de los ciudadanos extranjeros que hacen donaciones de activos no estadounidenses a menores.
Notas de advertencia
- El establecimiento de la residencia en EE. UU. se considera de manera diferente para fines del impuesto sobre la renta de EE. UU. que para fines del impuesto a las transferencias. El estado de residente permanente o haber permanecido en EE. UU. el tiempo suficiente para cumplir el requisito de “presencia sustancial” son las normas principales para que se lo considere como un residente de Estados Unidos para fines de impuestos sobre la renta. Sin embargo, para las consideraciones de impuestos a las transferencias, los factores determinantes incluyen el estado de la visa de la persona, el tiempo de permanencia física en EE. UU., el valor de la residencia, la proximidad de elementos “cercanos y queridos” a la residencia en EE. UU. y afiliaciones a organizaciones locales.
- Para efectos de impuesto a las transferencias, las acciones del capital accionario de empresas estadounidenses y obligaciones de deuda de ciudadanos estadounidenses SE CONSIDERAN activos estadounidenses, incluso si son de propiedad de un extranjero no residente.
- En aquellos casos en los que el extranjero no residente es un otorgante o beneficiario de un fideicomiso existente, se puede recomendar hacer cambios en dicho fideicomiso antes de que se establezca el estado de residencia estadounidense de la persona. Por ejemplo, se podría recomendar a un otorgante que actualmente tiene la facultad para nombrar a un fiduciario sustituto que haga una enmienda que ordene a un fiduciario independiente como sustituto.